Política de Privacidad

La Junta de Extremadura respetará en todo momento la confidencialidad de los datos personales, según lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) (BOE número 298 de 14 de diciembre de 1999) y en el reglamento que la desarrolla (Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre (BOE número 17 de 19 de enero de 2008), por la que se adoptan las medidas necesarias para evitar la alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado de los datos.

Asimismo, le comunicamos que pueden ejercer los derechos ARCO de acceso, rectificación, cancelación y oposición conforme al artículo 17 de la Ley Orgánica 15/1999 y el Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre (BOE número 17 de 19 de enero de 2008) en su Título III.

El artículo 25 de este Real Decreto dice que los derechos ARCO deben llevarse a cabo mediante comunicación dirigida al responsable del fichero, en los apartados 1 y a, b, c y d del artículo 25 se lee textualmente:

1. Salvo en el supuesto referido en el párrafo 4 del artículo anterior, el ejercicio de los derechos deberá llevarse a cabo mediante comunicación dirigida al responsable del fichero, que contendrá:

a) Nombre y apellidos del interesado; fotocopia de su documento nacional de identidad, o de su pasaporte u otro documento válido que lo identifique y, en su caso, de la persona que lo represente, o instrumentos electrónicos equivalentes; así como el documento o instrumento electrónico acreditativo de tal representación. La utilización de firma electrónica identificativa del afectado eximirá de la presentación de las fotocopias del DNI o documento equivalente.

El párrafo anterior se entenderá sin perjuicio de la normativa específica aplicable a la comprobación de datos de identidad por las Administraciones Públicas en los procedimientos administrativos.

b) Petición en que se concreta la solicitud.

c) Dirección a efectos de notificaciones, fecha y firma del solicitante.

d) Documentos acreditativos de la petición que formula, en su caso.

Los datos anteriores deberán enviarse al órgano administrativo correspondiente que está definido en los ficheros inscritos en la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

En cualquier caso, pueden formular dicha petición ante el órgano responsable del Fichero según la Orden  de 22 de octubre de 2013 por la que se aprueba la creación de ficheros de datos de carácter personal (Diario Oficial de Extremadura 210, de 30-10-2013) y que son los siguientes:

Nombre de la oficina o dependencia ante la cual ejercitar los derechos A.R.C.O: Secretaría General. Avda. Valhondo, s/n. Edificio III Milenio. 06800-Mérida (Badajoz). 

. La comunicación al órgano administrativo puede realizarse por los medios habituales (Oficinas de correo, Registros Generales y Registro Telemático). Para información sobre la utilización de firma electrónica puede consultar la Sede Electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.